En
el campo de las Contrataciones Estatales, existen varios mecanismos de
contratación, uno de ellos es el denominado “Convenio Marco”, por el cual el
ente rector de las Contrataciones Públicas, selecciona a determinados
proveedores privados con los que las diferentes entidades públicas deben
contratar de una manera directa bienes y/o servicios que estas requieren.
En
este sentido, prodriamos decir que, el Convenio Marco es la modalidad por la cual el Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado (OSCE), a través de una licitación pública o un concurso público,
selecciona a aquellos proveedores con los que las entidades deberán contratar
los bienes y/o servicios que requieran y que son ofertados a través del catálogo
Electrónico de Convenio Marco.
Por
lo que, el Convenio Marco es una herramienta idónea para que las entidades
contratantes optimicen el uso de los recursos públicos y elijan la oferta más
conveniente dentro de todas las posibilidades que ofrece el Catálogo. Esta modalidad
promueve un sistema de contratación eficiente y eficaz, reduciendo los costos
de transacción en los procedimientos de selección para la adquisición de bienes
y servicios por parte de las entidades públicas.
La
naturaleza jurídica del Convenio Marco ha sufrido diferentes modificatorias
tales como las del DS. N°154-2010-EF, DS. 138-2012-EF, y la Ley N° 29873, modificatorias que han girado
en torno a la determinación del valor referencial dentro de sus componentes,
haciéndola hoy facultativa. Con la dacción de la Ley N° 30225 del 11 de julio
de 2014 la naturaleza jurídica de este instituto se verá afectada toda veZ que
el nuevo marco normativo exigirá que este sea perfeccionado.
A
la fecha los Catálogos Vigentes versan únicamente sobre la emisión de boletos
electrónicos para transporte aéreo nacional de pasajeros, impresoras,
consumibles y accesorios o útiles de escritorio incluido materiales de oficina
y papeleria en general, computadoras, proyectores y escáneres, sin embargo, en
un futuro es innegable su expansión por la facilidad de la contratación y el
ahorro de costos para el Estado.
La
vigencia del Convenio Marco será especificado en las bases del proceso de
selección, y podrá ser renovado sucesivamente de conformidad con lo señalado en
el Reglamento y la directiva N° 017-2012-OSCE/CD (tiene por finalidad precisar
y uniformizar los criterios para la implementación de la modalidad especial de selección
de Convenio Marco del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado-SEACE.)
*REFERENCIAS:
ESPECIAL LA IMPORTANCIA DEL CONVENIO
MARCO EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA- GACERA JURIDICA TOMO 255 FEBRERO 2015
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